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Posts Tagged ‘Papel Prensa’

Asi como en las calles se dirime el poder popular, la discusión acerca de los deberes y derechos de las empresas productoras de pasta celulosa y papel para diarios se discute en las mismas páginas que estas producen de manera casi redundante. Sin embargo, pedimos la palabra en este caso para traer a colación un recuerdo del fundador de Crónica, Héctor Ricardo García, respecto del momento en que el ex presidente Carlos Saúl Menem quiso vender Papel Prensa.

Antes de ello una breve contextualización a modo de nube de tags: fines de los ochenta y principios de los noventa, hegemonía del neoliberalismo, retiro del Estado, flexibilización laboral, etcéteras varios. En ese marco:

«Todos esos contactos, más el hecho de ser el propietario de «cronica», me ubicaron el 21 de julio de 1989, a poco de asumir la presidencia de la Nación, en el comedor de la Casa Rosada, donde almorzamos a solas, oportunidad en que se interesó por la situación conflictiva de la sociedad que integraba en «Radiodifusora El Carmen SA».

Abandonando la mesa, servilleta en mano, fue hasta un pasillo reclamando la presencia del entonces Secretario de Prensa, el médico Jorge Rachid, a quien le pidió que se interesara por el tema «y encontrarle una solución». Su colaborador dijo que en días partía hacia el exterior en «viaje de estudios», pero el presidente insistió: «Antes buscale una solución al problema de Ricardo». Momentos después me anticipó que estaba dispuesto a vender la participación del Estado nacional en «papel Prensa» (el 23,71%), preguntándome si me interesaba. 
Ni una ni otra cosa sucedieron».
Extraído literalmente del libro «Cien veces me quisieron matar» de Hector Ricardo Garcia, publicado por Editorial Planeta, Buenos Aires,  2da Edición. 1997. Página 289.

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De los creadores de la “Ley de control de medios”, llega la “Ley para el control de la producción e importación de papel para diarios”. No se lo pierdan, el 18/12/11 en todos los kioskos.

Tal como se puede leer en la portada de Clarín, el proyecto de ley para declarar de interés público la fabricación, comercialización y distribución de pasta celulosa y de papel para diarios se transforma en el proyecto de «ley para el control de la producción e importación de papel para diarios».

Un recurso semejante aplicó el diario para cuestionar la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual sancionada en 2009. Aquí un mero recordatorio:

A continuación les dejo algunos puntos salientes del proyecto extraídos del blog Señales para que puedan evaluarse sus implicancias (la itálica y el subrayado es de Enlosmargenes):

  • Se declara de interés público la fabricación, la comercialización y distribución de pasta celulosa y de papel para diarios.
  • Se crea la Comisión Bicameral de Seguimiento de la Fabricación, Comercialización y Distribución de Pasta Celulosa y de Papel para Diarios, que tendrá el carácter de comisión permanente.
  • El marco regulatorio participativo tiene como objetivo esencial asegurar para la industria nacional la fabricación, comercialización y distribución regular y confiable de pasta celulosa para papel de diario y de papel para diarios, declarada de interés público.
  • Será Autoridad de Aplicación el ministerio de Economía cuyas funciones serán las de controlar el cumplimiento del presente marco regulatorio, dictar las normas aclaratorias y complementarias, aprobar los planes de acción, e intervenir en todos los actos previstos en la normativa aplicable.
  • La Autoridad de Aplicación deberá incentivar la eficiencia del sector, garantizar la producción en la totalidad de las etapas, mejorar la operación de la industria, garantizando la igualdad de oportunidades y el acceso sin discriminaciones al abastecimiento de papel.
  • También llevar el control de las exportaciones e importaciones de la pasta celulosa y del papel para diarios y recomendar las medidas relativas al comercio exterior para el cumplimiento del presente régimen.
  • Promover y controlar la producción y uso sustentable de pasta celulosa y de papel para diarios, establecer las normas de calidad y los requisitos y condiciones necesarios para la habilitación de las plantas de producción de pasta celulosa y de papel para diarios.
  • Administrar los subsidios que existen actualmente así como los que eventualmente se otorguen.
  • Se crea la Comisión Federal Asesora para la Promoción de la Producción y Uso Sustentable de Pasta Celulosa y de Papel para Diarios, cuya función será la de asistir y asesorar a la Autoridad de Aplicación.
  • Dicha Comisión estará integrada por un representante de los diarios de cada una de las provincias y de la Ciudad de Buenos Aires que no participen en forma directa o indirecta en ía producción de papel para diarios o de alguno de sus insumos estratégicos, más dos representantes de organizaciones de usuarios y consumidores y tres por los trabajadores.
  • La Comisión analizará la situación y la evolución del mercado interno y local de papel para diarios y las condiciones comerciales y de acceso del insumo en el mercado local; controlará y realizará el seguimiento de aplicación de la cláusula de acceso y precio igualitario del citado insumo.
  • También será la encargada de analizar y realizar propuestas respecto de los planes de inversión de la firma Papel Prensa S. A.
  • Los fabricantes, distribuidores y comercializadores de pasta celulosa y de papel para diarios deberán publicar para conocimiento de las empresas compradoras y de la Comisión Bicameral el stock total y disponible, en forma diaria; la capacidades producción máxima y la producción estimada para los próximos tres (3) meses, de manera trimestral y el precio único pago contado de venta de papel para diarios a la salida de planta.
  • Este precio será el mismo para toda operación que involucre la adquisición de mas de una tonelada de dicho producto, en condiciones de entrega inmediata. En ningún caso, se efectuaran contrataciones que involucren un precio inferior al precio único de pago contado, sin embargo se permitirá establecer precios superiores al precio único de pago contado, cuando se otorguenn plazos de pago.
  • Se deberán atender, sin discriminación de ningún tipo, todas aquellas solicitudes de abastecimiento para las que exista stock o capacidad de producción no comprometida.
  • Los fabricantes de pasta celulosa y de papel para diarios deberán comprometer una proyección de capacidad a tres años, en función de los programas de inversión que van a llevar adelante.
  • La Comisión Federal Asesora estimará, trimestralmente, las necesidades de importación de pasta celulosa y de papel para diarios, a fin de asegurar el abastecimiento pleno del mercado local.
  • El Régimen Sancionatorio para quienes incumplen las normas prevé apercibimientos, multas, inhabilitciones, suspensiones, reparación del daño causado, clausuras y decomisos.
  • Se crea un Fondo Fiduciario para Fomento de las Inversiones en bienes de capital de las pequeñas y medianas empresas que desarrollen actividades relacionadas.
  • Papel Prensa SA. deberá operar como mínimo a pleno de su capacidad operativa o de la demanda interna de papel (cuando esta sea menor a la capacidad operativa) y presentar y ejecutar cada tres años un plan de inversiones tendiente a satisfacer la totalidad de la demanda interna de papel para diarios.
  • Cuando los fondos necesarios para las inversiones previstas en el artículo anterior sean provistos en forma más que proporcional por el Estado Nacional respecto de otros socios, los derechos políticos adicionales emergentes de dichos aportes de capital serán ejercidos por la Comisión Federal Asesora.
  • Sin perjuicio de lo anterior, los derechos patrimoniales emergentes de los citados aportes forman parte de la participación accionaria del Estado Nacional en Papel Prensa SA, que se ve acrecentada eventualmente mediante este mecanismo.
Leer el proyecto completo presentado por la presidente Cristina Fernández de Kirchner: 0031-PE-10

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El 26/08/2010 el diario Tiempo Argentino publicó una nota basada en una entrevista a Isidoro Graiver realizada en junio de ese mismo año. En aquella, según consignan los periodistas Juan Alonso y Cynthia Ottaviano, el entrevistado pidió que la información que proveía no sea atribuida a su persona. Ellos respetaron ese pedido y prosiguieron la investigación que estaban realizando acerca de la venta de la empresa Papel Prensa a Clarín, La Nación y La Razón en 1977 (durante la última dictadura militar). Unos meses después, sin embargo, revelaron su informante y pusieron palabras suyas brindadas bajo la condición expresa de confidencialidad en la portada del periódico. ¿Qué los motivo a romper ese pacto sacralizado por la teoría periodística entre reportero y entrevistado? ¿Cuál es el ámbito en el que se dirime la verdad o falsedad de las declaraciones?

Tal como explican Alonso y Ottaviano, la decisión de romper con el compromiso entablado con la fuente fue tomada después de que los diarios acusados de actuar en connivencia con el gobierno dictatorial extorsionando a los ex dueños de la empresa para comprarla en un precio inferior (Clarín y La Nación) publicaran una declaración firmada por Isidoro Graiver en la que daba una versión contraria a la que les había suministrado a ellos. Su argumento es claro:  «En ese momento quedamos automáticamente relevados del acuerdo de confidencialidad con él. Mantenerlo sería faltar a la verdad. O peor aun: contribuir a la operación de Clarín y La Nación para garantizarse la impunidad con falsedades en un caso que hoy es asunto de interés público. Los lectores tienen derecho a recibir información. Nosotros estamos obligados a dárselas. La verdad no es nuestra: es de la sociedad».

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